Seguridad y prevención de riesgos en cocina y sala
Riesgos laborales en hostelería, EPIs, formación y qué hacer si sufres un accidente de trabajo.
La prevención de riesgos es obligatoria
Toda empresa con al menos un trabajador debe tener un plan de prevención de riesgos laborales (PRL). En hostelería, los riesgos son numerosos: quemaduras, cortes, caídas, sobrecargas, etc.
Derechos del trabajador
- Recibir información y formación en PRL.
- Que se te evalúen los riesgos de tu puesto.
- Disponer de EPIs (equipos de protección individual) gratuitos.
- Vigilancia de la salud (reconocimientos médicos) gratuita y periódica.
- Parar la actividad si hay riesgo grave e inminente.
Riesgos más frecuentes en hostelería
En cocina
- Quemaduras (aceite, horno, plancha).
- Cortes (cuchillos, trituradoras, cortadoras).
- Caídas (suelos mojados, grasientos).
- Sobrecargas (posturas, cargas pesadas).
- Ruido (campanas extractoras, batidoras).
- Temperatura (cerca de fogones y freidoras).
En sala
- Caídas (suelos mojados, obstáculos).
- Sobrecargas (bandejas pesadas, posturas).
- Agresiones de clientes.
- Ruido (música, conversaciones).
- Quemaduras (platos calientes, bebidas).
En limpieza
- Productos químicos (desinfectantes, lejía).
- Posturas (fregar, barrer).
- Contacto con aguas residuales.
EPIs que la empresa debe facilitar
- Calzado antideslizante (con suela de agarre).
- Guantes para limpieza con químicos o para manipular objetos calientes.
- Ropa de trabajo adecuada.
- Delantal o mandil térmico en cocina.
La empresa debe proporcionar los EPIs gratuitamente y garantizar su uso. Si te obligan a comprarlos, están incumpliendo.
Formación obligatoria
La empresa debe formar a todos los trabajadores en:
- Riesgos del puesto.
- Medidas de prevención.
- Uso de equipos de trabajo.
- Actuación en emergencia.
- Primeros auxilios.
La formación debe ser antes de empezar a trabajar y periódica.
Reconocimientos médicos
- Son gratuitos y en horario laboral (o compensados).
- Son voluntarios, salvo que el convenio diga lo contrario o sean obligatorios por riesgo (manipulación de alimentos, por ejemplo).
- Deben respetar la intimidad del trabajador.
Accidente de trabajo: qué hacer
1. Activa el protocolo
- Si puedes, avisa a un compañero o responsable.
- Si es grave, llama al 112.
2. Pide atención médica
- Acude a la mutua de accidentes de trabajo (la empresa está obligada a tener una).
- Pide que lo considere accidente de trabajo: es más ventajoso que la baja común.
- La mutua debe emitir el parte de accidente.
3. Documenta
- Pide copia del parte de accidente.
- Haz fotos de la zona, de las heridas.
- Anota testigos.
- Si hay negligencia de la empresa (falta de formación, de EPIs), guarda pruebas.
4. Si hay secuelas
- Puedes solicitar incapacidad si te impide trabajar.
- Puedes demandar a la empresa si hubo negligencia.
Derecho a parar la actividad
Si consideras que hay un riesgo grave e inminente, tienes derecho a interrumpir la actividad y abandonar el puesto. La empresa no puede sancionarte por ello.
La empresa no puede obligarte a trabajar en condiciones de riesgo grave.
Enfermedad profesional
Algunas enfermedades son consideradas profesionales por estar vinculadas al trabajo (epicondilitis, tendinitis, dermatitis por químicos). Si crees que tu enfermedad es laboral, comunícalo a la mutua y al médico.
Recuerda
- La prevención es obligación de la empresa, no un favor.
- Si no hay formación, EPIs o evaluación de riesgos, hay incumplimiento.
- Documenta todo lo que pueda servir como prueba.
- Ante un accidente, pide siempre el parte de accidente de trabajo.
Aviso: Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista. Si tu situación requiere asistencia legal, consulta con un profesional o utiliza nuestro asesor legal IA.
